Instrucciones de aplicaci贸n del RD-ley 18/2021 en materia de Protecci贸n por Desempleo

COMUNICADO CONFEDERACI脫N EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Adjunto remito las instrucciones dictadas por el Director General del SEPE para la aplicaci贸n del Real Decreto-Ley 18/2021, en materia de prestaciones por desempleo.

La informaci贸n publicada en la web del SEPE incluye una nueva gu铆a b谩sica de tramitaci贸n, para utilizar a partir de 01/11/2021.

Es interesante resaltar que las solicitudes colectivas deben remitirse a partir de 01/11/2021 y siempre despu茅s de haber sido notificada a la empresa la autorizaci贸n de pr贸rroga del ERTE COVID-19 (o la certificaci贸n del silencio positivo) por la Autoridad Laboral.

El reconocimiento de la prestaci贸n por desempleo por los afectados a ERTES COVID-19 prorrogados o tramitados a partir de 01/11/2021 requerir谩 la verificaci贸n en el SEPE de que la Autoridad Laboral ha autorizado la prorroga o el nuevo ERTE tramitado.

Report_Instrucciones Aplicaci贸n RD ley 18- 2021